Establece como primer tramo de la paritaria salarial del período abril 2024 a marzo 2025 un incremento salarial que se aplicará respecto de las distintas categorías previstas en el CCT 76/75, el cual se otorgará de la siguiente manera:

a.- Un aumento en el mes de abril de 2024 del 14% que se aplicará sobre los salarios básicos vigentes al 31 de marzo de 2024.

b.-Un aumento a partir del mes de mayo de 2024 del 11% que se aplicará sobre los salarios básicos vigentes al 30 de abril de 2024.

c.-Un aumento a partir del

mes de junio de 2024 del 11% que se aplicará sobre los salarios básicos vigentes al 31 de mayo de 2024.

ESTE AUMENTO ES ACUMULATIVO E INCLUYE LA RECOMPOSICIÓN MARZO 2024

Por otro lado, los empleadores comprendidos, retendrán a todos los trabajadores incluidos en el mismo, en concepto de aporte extraordinario solidario del 1.5% mensual de los salarios sujetos a aportes y contribuciones legales, durante un período de 6 meses contados a partir de los salarios devengados en el mes de junio 2024  y subsiguientes, y la depositarán a la orden de UOCRA. Cabe aclarar que en el caso de los trabajadores afiliados, el monto de la cuota sindical, absorbe el monto del aporte de solidaridad establecido en el presente, no debiendo realizar retención por este concepto.

CONTRIBUCION EMPRESARIAL

A partir del 1 de junio de 2024 y por el término de 8 meses consecutivos, cada empleador incluido en la presente convención colectiva de trabajo procederá a pagar mensualmente una contribución de $ 3000,00 por cada trabajador que integre su plantel al mes inmediato anterior al del pago.