El vencimiento para el Registro de Empleadores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) es el 31 de marzo de cada año calendario. Los empleadores con domicilio legal o establecimientos localizados en la Ciudad deben cumplir con la carga de información solicitada por el Registro, que revestirá el carácter de Declaración Jurada.
- Recuerda que la información a declarar en el registro debe ser siempre a diciembre de año vencido
- Se realiza ingresando con clave CIUDAD a: “TAD – Jefatura de Gabinete”
- Si es la primera presentación: INSCRIPCIÓN AL REGISTRO DE EMPLEADORES, de ya estar inscripto, se ingresa por modificaciones.
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